El nuevo modelo organizativo que introduce la Oficina Judicial distingue claramente los tres tipos de actividad que se realizan en el ámbito de la Administración de Justicia:
De esta forma se consigue:
Las actuaciones encaminadas al despliegue de la Oficina Judicial se pueden agrupar en estos tres grupos:
Modificaciones legales y normativas. Podemos destacar entre otras:
- Primero, la aprobación de la L. O. 1/2009, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, a fin de adecuar las leyes de procedimiento.
- La aprobación de la Orden JUS/3244, de 18 de octubre de 2005 por la que se determina la dotación básica de las Unidades Procesales de Apoyo Directo a los órganos judiciales.
- La aprobación de la Orden JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas Judiciales y de las Secretarías de Gobierno incluidas en la primera fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Oficina Judicial.
- La confección del Plan de Transparencia Judicial aprobado el día 21 de octubre de 2005 y publicado en el BOE el 1 de noviembre de 2005. Este Plan constituye una herramienta básica de las Administraciones Públicas y del CGPJ para la planificación, desarrollo y ejecución de las políticas públicas relativas a la Administración de Justicia y, en particular, para las siguientes finalidades
- El desarrollo del programa legislativo del Estado en materia procesal
- La planificación presupuestaria en materia de retribuciones de los miembros de la carrera judicial, así como sobre los recursos humanos y materiales al servicio de la Administración de Justicia
- La actualización y modificación de la organización judicial y el funcionamiento de los servicios de inspección sobre los juzgados y tribunales
- La aprobación de los siguientes Reglamentos: Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y el Reglamento General Disciplinario de dicho personal.
- Aprobación del sistema LEXNET de presentación telemática de escritos y traslado de copias a los operadores jurídicos.
Modificaciones organizativas:
Paralelamente, se ha elaborado un Plan de Implantación de la Oficina Judicial que ya es una realidad en las ciudades de Burgos, Murcia, Cáceres, Ciudad Real, León, Cuenca y Mérida.
Modificaciones tecnológicas:
El Ministerio de Justicia es consciente de que el adecuado despliegue de la Oficina Judicial, requiere la existencia de herramientas informáticas adecuadas que, principalmente, hagan posible la itineración telemática de los expedientes entre las diferentes unidades que componen la Oficina. Para ello se está trabajando intensamente en una serie de aplicaciones informáticas como el nuevo sistema de gestión procesal, Minerva-NOJ.
Por otro lado, todas las actuaciones necesarias para la implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial debe coordinarse con el Consejo General del Poder Judicial al que corresponde, entre otras actuaciones, establecer criterios de actuación homogéneos en todas las Oficinas Judiciales, o informar favorablemente la puesta en marcha de los servicios comunes de ordenación del procedimiento.
Así mismo el trabajo conjunto del Ministerio de Juticia, la Fiscalía General del Estado y las CCAA con competencias transferidas en materia de justicia ha dado como fruto la definición de un nuevo modelo de Oficina Fiscal. En este sentido, es responsabilidad de todos los actores del cambio continuar avanzando en el actual marco de colaboración y colegiación de esfuerzos que ya ha dado frutos tan provechosos como el anteriormente descrito o la firma del Convenio por el que se establece el Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS).